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Artículo 1087 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se deben llamar los licores según sus ingredientes. Por ejemplo, un licor se llama "seco" si tiene el 10% de azúcar, y "crema" si tiene más del 10.1%. "Escarchado" es cuando el licor tiene tanto azúcar que parte de ella forma cristales adentro. "Aperitivo" es un licor que contiene sustancias amargas de plantas. La lista incluye bebidas como anís, rompope y curazao, y la Secretaría puede autorizar otros licores.

Texto oficial

ARTICULO 1087.-El empleo en la denominación de los licores de algún calificati• vo, se ajustará a las siguientes especificaciones: I. "Seco", cuando el licor contenga una proporción de 10% (peso sobre volumen) de azúeares; 11. "Crema" para el licor que contenga más de 10.1 % (peso sobre volumen) de azúca• res; In. "Escarchado" , para aquel licor sobresaturado de azúcares y en el cual el exceso de azúcar haya cristalizado dEmtro del licor; IV. "Aperitivo" , es aquel licor que contenga algunc)s principios amargos derivados de sustancias vegetales; Las bebidas comprendidas en este articulo son: Anis destilado, seco o dulce; Annissete; Cassis; Crema de Cassis; Curazao; Lunes 18 de enero de 1988 Habanero; Parras; Rompope. DIARIO OFICIAL La Secretaría podra autorizar otros licores. Primera Sección 117

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.