Artículo 147 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para que te den ciertos permisos sanitarios (como los que menciona otro artículo), primero debes demostrar que tu negocio ya tiene una licencia sanitaria aprobada o un acta de inspección donde no se encontraron problemas. Si en la revisión de las autoridades de salud no hay fallas reportadas, entonces puedes obtener esos permisos. En otras palabras, no te darán un permiso si tu establecimiento no cumple con las reglas sanitarias básicas.
Texto oficial
ARTICULO 147.-Los permisos sanitarios a que se refieren las fracciones 1, n y V, en su caso, del artículo 146 de este Reglamento, se otorgarán a los interesados que acreeli• ten que el establecimiento cuenta con la licencia sanitaria respectiva o acta de inspec• ción en la que no se reporten anomalías.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.