Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/228
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
228

Artículo 228 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 228 dice que el hielo que usas para beber o comer debe hacerse con agua potable, es decir, agua limpia y segura para tu salud. Eso significa que el hielo tiene que cumplir las mismas reglas de calidad que el agua de la llave o embotellada que tomas. Así que, básicamente, si el agua no es apta para beber, el hielo tampoco.

Texto oficial

ARTICULO 228.-Se entiende por hielo para consumo humano, el producto obteni• do por congelación de agua potable, por lo que deberá cumplir con los requisitos que s'e establecen para" ésta, en e! presente ordenamiento,

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 228 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios, explicado | Precedente Legal