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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
232

Artículo 232 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En una misma fábrica o negocio se puede hacer hielo para comer o beber y también hielo de colores para enfriar cosas, pero cada tipo de hielo debe fabricarse con sus propios equipos y en espacios que estén separados, como en cuartos distintos. Esto es para que no se mezclen y el hielo que te comes esté limpio. O sea, no puedes usar las mismas máquinas ni el mismo lugar para hacer los dos tipos.

Texto oficial

ARTICULO 232.-En un mismo establecimiento, podrá fabricarse hielo para inge• rirse o hielo coloreado para refrigerar, siempre y cuando se elaboren en instalaciones y equipos diferentes, en áreas separadas físicamente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 29) ↗

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