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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
235

Artículo 235 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las fábricas que producen hielo deben tener suficiente agua potable para fabricarlo. El agua potable es la que es segura para tomar y no hace daño a la salud. La ley no dice una cantidad exacta, solo que debe ser la necesaria para que la fábrica funcione bien. Esto aplica a cualquier lugar que haga hielo, como las fábricas que venden hielo en bolsas o para negocios.

Texto oficial

ARTICULO 235.-Las fábricas estarán dotadas de agua potable en la cantidad nece• saria para su producción de hielo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 29) ↗

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