- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 237
Artículo 237 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley dice que, para hacer, distribuir y vender hielo sin empaque, se tienen que seguir las reglas que ponga una norma oficial, no el artículo mismo. Esto aplica al hielo que se vende a granel, como el que compras en bolsas o cubetas sin marca. En otras palabras, no te preocupes por los detalles aquí, porque los requisitos específicos los va a definir otra regulación aparte.
Texto oficial
ARTICULO 237.-Los requisitos para la fabricación del hielo, su reparto y expen• dio, sin envasar, se establecerán en la norma correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.