Artículo 301 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Quienes ordeñan vacas deben seguir estas reglas de higiene: no tener heridas o infecciones en la piel, ni enfermedades contagiosas. Deben traer las uñas de las manos cortas y limpias, lavarse las manos con jabón, cepillo y un desinfectante antes de cada ordeña. También tienen que andar limpios de ropa y cuerpo, y usar la ropa de trabajo solo para ordeñar. La Secretaría (la autoridad de salud o agricultura) puede agregar más reglas si es necesario.
Texto oficial
ARTICULO 301.-Los ordeíladores deberán cumplir con las siguientes nonnas: 1. No tener heridas ni infecciones en la piel; n. Tener limpias y cortadas al ra~; las uílas de los dedos de las manos; nI. No tener enfennedad,~s infecto-contagiosas; IV. Lavarse las manos con jabón yagua, utilizando cepillo, y enjuagarse con agua que contenga alguna solución desinf~ctante, antes de la ordeña de cada animal; V. Estar limpios en su ropa y persona; VI. Usar la ropa del equipo sanitario sola.ment.e durante la ordeña, y VII. Las demás que determine la Secretal'ía.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.