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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
332

Artículo 332 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La leche condensada azucarada no debe tener microbios que puedan enfermarte, como los llamados "patógenos". La cantidad de ciertos tipos de microbios permitidos tiene que ser casi cero o muy baja. Por ejemplo, no puede tener coliformes ni levaduras, que son indicadores de mala higiene. Además, debe estar libre de conservadores, o sea, sustancias para que dure más tiempo. En pocas palabras, los límites son: máximo 100 colonias de ciertos microbios, y cero de otros más peligrosos.

Texto oficial

ARTICULO 332.-La leche condensada azucarada no deberá contener gérmenes pa• t6genos y el nÍlmero de gérmenes permitidos deberá ajustarse a los limites siguientes: Mesoffiicos aerobios ...................................... . Organismos coliformes .................................. . Levaduras osmolabUes .................................. . Libre de conservadores Máximo 100 collg. O collg. O collg.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 41) ↗

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