Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un producto o materia prima está contaminado si tiene microbios, hormonas, químicos para matar plagas, sustancias radioactivas o cualquier cosa no autorizada. También se considera contaminado si contiene estas sustancias en cantidades mayores a las permitidas por la ley. Esto aplica aunque la sustancia esté autorizada, pero se pase del límite fijado por la Secretaría de Salud u otra autoridad. En pocas palabras, lo que importa es que no tenga nada extraño o que exceda lo que está permitido.
Texto oficial
ARTICULO 34.-Se considera contaminado el producto o materia prima que conten• ga microorganismos, hormonas, bacteriostáticos, plaguicidas, radioisótopos, así como cualquier materia o sustancia no autorizada o en cantidades que rebasen los límites má• ximos permitidos que establezca la Secretaría u otra autoridad competente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.