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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
341

Artículo 341 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La leche en polvo que se vende para que la tomes directo debe cumplir con estas reglas de limpieza: no tener microbios que te enfermen (patógenos), tener menos de 10,000 bichitos por gramo de cierto tipo (mesofílicos aerobios), no contener nada de la bacteria *E. coli*, y su color, olor y sabor deben ser los normales de la leche.

Texto oficial

ARTICULO 341.-Las leches deshidratadas para consumo humano directo, deberán reunir las siguientes condiciones sanitarias: 1. No deberán contener microorganismos patógenos; II. La cuenta de microorganismos mesofilicos ael'obios, no será mayor de 10,000 co- lonias por gramo; III. Estará exenta de eschE~richia Coli, y IV. El color, olor y sabor serán característicos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 42) ↗

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