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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
347

Artículo 347 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 347 dice que ningún queso puede tener microbios que causen enfermedades. Sí puede haber cierta cantidad de bacterias llamadas coliformes, pero esa cantidad está controlada por una regla llamada norma oficial, que indica cuánto se permite según el tipo de queso de que se trate.

Texto oficial

ARTICULO 347.-Ningún queso contendrá gérmenes patógenos. La tolerancia de co• liformes que se permita en los quesos se señalará en la norma correspondiente en las va• riedades respectivas. ria;

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 43) ↗

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