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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
349

Artículo 349 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Al hacer queso, no puedes usar grasas que no sean de la leche, como manteca o aceite vegetal. Tampoco está permitido agregar fécula, que es un tipo de almidón para espesar. Además, no debes usar hierbas ni ningún otro ingrediente para cuajar la leche, a menos que esté autorizado en otra parte de la ley. Esto es para asegurar que el queso sea puro y de buena calidad.

Texto oficial

ARTICULO 349.-En la fabricación de quesos, queda prohibido el uso de los siguien- tes productos: 1. Sustancias grasas no propias de la leche utilizada; II. Fécula, y IlI. Hierbas u otro producto para cuajar leche, diferentes a los señalados en el articulo anterior.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 43) ↗

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