Artículo 398 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para hacer helados se pueden usar ciertos ingredientes que ayudan a mantener su textura, como gelatina pura, gomas vegetales, pectina o mezclas de estas, siempre en cantidades muy pequeñas. También permite usar colorantes y saborizantes, pero solo los que estén aprobados por la Secretaría de Salud. Básicamente, la regla controla qué puedes agregar al helado para que esté firme y sepa bien, sin que sea dañino.
Texto oficial
ARTICULO 398.-Como estabilizadores para los helados se permitirán gelatina pu• ra (0.6%), gomas vegetales (0.65%), pectina (0,3%), mezclas de ellas u otras autorizadas, así como el empleo de colorantes y saborizantes aprobados por la Secretaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.