Artículo 399 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes vender helados en puestos callejeros o al aire libre, siempre y cuando cumplas con las reglas de limpieza que pide la ley. Esto significa que debes manejar los helados de forma higiénica para que no se contaminen ni hagan daño a la gente. El negocio debe tener condiciones sanitarias adecuadas, como mantener los productos fríos y en buen estado. En resumen, si cuidas la higiene, está permitido vender helados en la calle.
Texto oficial
ARTICULO 399.-La venta de los helados podrá permitirse en puestos al aire libre, si reúnen los requisitos sanitarios que garantice el manejo higiénico de los productos,
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.