Artículo 406 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Salud te deja hacer productos con cosas que vienen de la leche, como mezclar leche fresca, leche en polvo (entera o descremada) y grasa de mantequilla. También va a poner reglas sanitarias en manuales oficiales para que esos productos se elaboren de forma limpia y se conserven bien, evitando problemas de higiene.
Texto oficial
ARTICULO 406.-La Secretaria permitirá la elaboración de productos preparados a partir de derivados de la leche, o de la mezcla de leche fresca, leche deshidratada ente• ra o descremada y grasa butirica. La Secretaria establecerá en las normas técnicas correspondientes, los requisitos sa• nitarios a que deberá sujetarse el proceso de los productos a que se refiere este artículo, con el fin de solventar.la problemática que plantea el manejo higiénico y conservación de los mismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.