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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
455

Artículo 455 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que toda la carne fresca, seca o preparada, además de la manteca y otras grasas de animales que se usen para comer, debe pasar por un control de sanidad. Eso significa que el gobierno revisará que esos productos estén limpios y sean seguros para que los puedas comprar y consumir sin riesgo. Las reglas de ese control están en este Reglamento y en la norma oficial que le toque. En pocas palabras, ningún alimento de origen animal se vende sin antes ser inspeccionado para cuidar tu salud.

Texto oficial

ARTICULO 455.-1..as carnes frescas, las secas y lal, p¡'eparadas, así como la manteca y otras grasas alimenticias de origen atlimal, que se destinen para su venta y consumo, quedarán sujetas al control sanitario que entablece el presente Reglamento y la norma correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 54) ↗

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