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Artículo 492 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las etiquetas de productos de carne, como chorizo o jamón, deben tener información clara para que sepas lo que compras. Primero, debe decir el nombre exacto del producto y, si es embutido, de qué animal es (pollo, cerdo, etc.). También tiene que incluir la lista completa de ingredientes, y en los embutidos, el porcentaje de carne, grasa y otros ingredientes permitidos (sin contar condimentos como sal o especias). Además, debe mostrar el porcentaje de grasa y carne, y si tiene más del 5% de harinas, féculas o almidones, también decirlo. Por último, si es ahumado, debe especificar si es natural o artificial, y si necesita refrigeración, debe traer esa advertencia.

Texto oficial

ARTICULO 492.-En lar .. iquetas de los productos de la carne, además de lo señala• do'en el articulo 210 de l~ Ley General de Salud deberá figurar: 1. La denominacit ,enériea y específica d,~l producto y en el caso de los embuti• dos, la especie o el"e 's animales empleadas; n. La list:l~: ir..., 1 ~dientes completa. En el caso de embutidos, el porcentaje de las carnes y espec.e ' eSpecies animales empleadas, grasa e ingredientes permitidos. Que- da~ ~xcer: ~<A-~v" 10l> condimenh>s; , 111. El 1 ~ i'centaje de grasa y carne empleado en el producto; IV. F: contenido de harinas de eereales, féculas, almidones o mezcla de los produc- tos antedores si es mayor del 5%; V El texto "ahumado natural" o "ahumado artificial" según el caso, y 71. La leyenda "manténgase en refrigeración", cuando proceda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

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