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Artículo 507 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las carnicerías o lugares donde vendan carne, las piezas grandes como canales (el cuerpo del animal sin cabeza ni patas) y las vísceras (tripas, hígado, etc.), patas y cabezas deben guardarse en refrigeración a menos de 4 grados centígrados. Esto no aplica para los productos que ya están a la vista del cliente para venderse al momento. La idea es mantener la carne fresca y segura para que no se eche a perder.

Texto oficial

ARTICULO 507.-En los expendios,las canales, las vísceras, patas y cabezas, con ex• cepción de los productos que estén en exhibición para venta inmediata, se conservarán en refrigeración a una temperatura menor de 4°C.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.