Artículo 516 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los pescados y mariscos se consideran echados a perder o alterados cuando algo cambió en ellos por causas naturales o artificiales. Eso puede ser que pierdan sus nutrientes, que se modifiquen su olor, color, sabor o textura, o que se vuelvan dañinos para tu salud. En pocas palabras, si el producto del mar ya no es bueno para comer porque está descompuesto o le hicieron algo que lo arruinó, la ley lo considera alterado.
Texto oficial
ARTICULO 516.-Los Productos de la pesca se consideran alterados, cuando por la acción de causas naturales o artificiales hayan sufrido modificaciones en su• composición intrínseca que reduzca su poder nutritivo, o afecten sus caracteristicas fisi• cas, químicas u organolépticas, o los conviertan en nocivos para la salud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.