- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 540
Artículo 540 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando estés en un barco pesquero y vayas a lavar, guardar, enfriar o preparar el pescado, todo el equipo que uses tiene que estar hecho de materiales que se puedan limpiar bien y no contaminen el producto. Esto es para que el pescado no se eche a perder ni te haga daño. Básicamente, nada de usar materiales que sean difíciles de limpiar o que puedan soltar cosas dañinas.
Texto oficial
ARTICULO 540.-Para lavar, manipular, enfriar, elaborar y almacenar los produc• tos de la pesca, a bordo de las embarcaciones, deberá emplearse equipo de material sani• tario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.