- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 564
Artículo 564 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La salmuera (agua con sal donde guardas el producto) debe estar limpia, sin olores raros ni señales de que ya se echó a perder. Además, tiene que alcanzar para tapar por completo el producto que estás conservando, como si lo bañaras con ella. Esto ayuda a que el producto se mantenga en buen estado. En pocas palabras, que no falte agua con sal y que esté fresca.
Texto oficial
ARTICULO 564.--La salmuera, no deberá presentar signos de alteraci6n, y estará en cl::!nEdad suficiente para cubrir debidamente el producto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.