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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
578

Artículo 578 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El agua o la mezcla que uses para glacear (darle el baño de hielo a un producto) no puede estar a más de cinco grados centígrados. O sea, tiene que estar bien fría, por debajo de esa temperatura. Eso es para que el proceso de glaceado sea seguro y no se eche a perder lo que estás trabajando. Así que asegúrate de checar que esté bien helada antes de usarla.

Texto oficial

ARTICULO 578.-La temperatura del agua o solución que se emplee para el glacea• do, deberá ser inferior a cinco grados celsius (5°C).

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 64) ↗

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