Artículo 587 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que circules pescado o mariscos frescos a granel (sin empaque individual), tu camión debe tener un sistema de frío que cumpla con las reglas sanitarias. Si los llevas en tambos, cubetas o cajas, esos recipientes tienen que ser de material higiénico y lavarse bien antes de meter el producto. O sea, nada de usar envases sucios o que no sean aptos para comida.
Texto oficial
ARTICULO 587.-El transporte de productos de la pesca perecederos a granel, debe• rá hacerse en vehículos que estén debidamente acondicionados con sistemas de conser· vación que cumplan con las normas correspondientes. Cuando en el transporte los productos estén contenidos en recipientes, éstos deberán ser de material sanitario, y lavarse antes de ser llenados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.