- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 602
Artículo 602 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la comida hecha con pescados o mariscos, como las pastas o los embutidos, no debe tener cosas raras como escamas, pedazos de hueso, restos de conchas o cualquier cosa parecida. En otras palabras, esos productos tienen que estar limpios y sin partes que no se puedan comer, para que sean seguros y de buena calidad. Si encuentras algo así, significa que no cumplen con la ley.
Texto oficial
ARTICULO 602.-Las pastas y embutidos de productos de la pesca deberán estar exentas de materia extraña, tales como escamas, fragmentos de huesos, conchas y otros similares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.