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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
628

Artículo 628 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que cuando se quieran volver a usar aceites o grasas para cocinar, se debe seguir lo que indique la Secretaría de Salud. Esto aplica para negocios o personas que reutilicen estos ingredientes, como en restaurantes. La idea es que haya reglas claras para que no se usen aceites dañinos para la salud.

Texto oficial

ARTICULO 628.-La reutilización de aceites y grasas comestibles se ajustará a lo es• tablecido por la Secretaría. CAPITULO II Grasas Comestibles

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 69) ↗

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