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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
636

Artículo 636 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La manteca vegetal es una grasa que se hace a partir de aceites de plantas que sí se pueden comer. Se obtiene endureciendo parcialmente esos aceites con un proceso químico llamado hidrogenación, o mezclando aceites vegetales normales con otros que ya fueron endurecidos. Básicamente, es como convertir un aceite líquido en una pasta o sólido para usarlo en la cocina.

Texto oficial

ARTICULO 636.-Se entiende por manteca vegetal, e.l producto obtenido por hidro• genaci6n parcial de aceites vege'tales comestibles, o bien por mezcla de aceites vegetales comestibles no hidrogenados y aceites vegetales comestibles hidrogenados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 70) ↗

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