Artículo 643 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La margarina para mesa es un alimento hecho mezclando grasas de plantas (como aceites vegetales parcialmente endurecidos) y grasa de leche con agua, leche o sólidos de leche. También se le puede agregar otros ingredientes y aditivos que estén permitidos por la Secretaría de Salud. Esta mezcla debe ser estable, como una crema o untable. Lo más importante es que debe tener al menos 80% de grasa para llamarse margarina para mesa.
Texto oficial
ARTICULO 643.-Se entiende por margarina para mesa, el producto alimenticio elaborado por emulsión estabilizada de grasas y aceites de origen vegetal comestibles, parcialmente hidrogenados, y g~asa de le<'he con ag'l.i.a, leche o sólidos de leche. adiciona• dos o no ge ingredientes opcionales y de aditivos ~llimentarios permitidos por la Secreta• ria. con un contenido graso m1nimo de 80%.
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