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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
647

Artículo 647 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las margarinas, oleomargarinas y minarinas pueden venderse con nombres inventados por la empresa, pero con reglas claras. No puedes usar palabras como "mantequilla" ni términos parecidos, como "crema". Tampoco está permitido poner nombres de animales ni dibujos de ellos en el empaque. Esto es para que no confundas el producto con la mantequilla de verdad.

Texto oficial

ARTICULO 647.-Para designar las margarinas, oleomargarinas y minarinas, po• drán usarse nombres comerciales arbitrarios pero sin emplear palabras derivadas de mantequilla, sinónimo de "mantequilla" o "crema" ni nombres o figuras de especies animales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 71) ↗

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