Artículo 662 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que aprueben un nuevo aditivo, tienes que entregar estos datos con tu solicitud: primero, el nombre químico del aditivo o el nombre del animal o planta de donde viene. Segundo, si se sabe, la fórmula química del aditivo. Tercero, explicar para qué sirve en la comida (por ejemplo, para dar color o conservar). Cuarto, presentar estudios de toxicidad (que midan si hace daño), tanto de aquí como del extranjero, que muestren cuánto puedes consumir al día sin riesgo de enfermedades como el cáncer. Quinto, incluir métodos para verificar que el aditivo sea puro y no tenga contaminantes. Sexto, decir en qué productos lo vas a usar y en qué cantidad, para no pasarte de los límites seguros.
Texto oficial
ARTICULO 662.-Para la autoriza,ci6n dE! un nuevo aditivo, el interesado adjuntará a la solicitud correspondiente la siguiente informaci6n: l. Nombre quimico y sin6nimo más conocido, si 'se trata de una sustancia qu1mica o género y especie, si se trata de un producto derivado de un vegetal o animal; II. Cuando proceda, f6rmula qulmica condensada y estructural, si se conoce; III. Justificaci6n de su funci6n tecno16gica; IV. Estudios toxico16gi,eos de origen nacional o extranjero, a corto y largo plazo en los que se incluya la DL~o en animales mamiferos de laboratorio y la ingesti6n diaria admisible para evaluar su inocuidad, especi.almente en relaci6n con el cáncer; V. Los métodos analltieos para determinar su identidad, pureza y contaminantes, tanto en el aditivO como en los productos a que se destine, y VI. Productos en que se propone su empleo y proporci6n, de manera que ésta no re• base los márgenes de seguridad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.