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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
67

Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los negocios o establecimientos tienen que seguir las reglas generales que se explican en esta sección de la ley. Además, deben cumplir con reglas más detalladas que les apliquen según el tipo de negocio que tengan. Todo esto lo dice este Reglamento y las normas técnicas que le correspondan. En pocas palabras, si tienes un local, debes revisar tanto las reglas básicas como las específicas para tu caso.

Texto oficial

ARTICULO 67.-Los establecimientos deberán cumplir con las disposiciones gene• rales señaladas en este Capitulo y con las disposiciones especificas, que en su caso, les correspondan conforme a este Reglamento y las normas técnicas correspondientes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 10) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.