Artículo 674 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un conservador es una sustancia que evita que la comida se eche a perder por hongos, bacterias o el paso del tiempo. Solo se permiten los que están en esta lista, como el ácido benzóico, el ácido sórbico o el agua oxigenada. También pueden usarse otros, pero solo si la Secretaría de Salud los autoriza.
Texto oficial
ARTICULO 674.-Se entiende'·· porconservador,la sustancia o mezcla de sustancias que previenen, retardan o d~tieQ.en el proceso de la fermentación, enmohecimiento, pu• trefacción, acidificación u otra ¡alteración de los alimentos causados por algunos micro• organismos y por algunas enzim.as; sólo se permite el empleo de los que a continuación se indican: 1. Acido benzóico y su sal de sodio; II. Acido sórbico y sus sales de sodio y potasio; 1I1. Acido propiónico y su sal de sodio y de calcio; IV. Agua oxigenada; V. Diacetato de sodio; VI. Dióxido de azufre; VII. Metil parabeno; VIII. Nisina; IX. Nitrato de sodio o potasio; X. Nitrito de sodio o potasio; XI. Propil parabeno; XII. Sulfito de sodio o potasio y metabisulfito de sodio o potasio, y XIII. Los demás que autorice la Secretaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.