Artículo 712 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La fruta u hortaliza deshidratada es simplemente aquella a la que se le ha quitado el agua por diferentes métodos, como las pasitas o los chiles secos. Las reglas de limpieza y calidad para hacerlas y venderlas se definen en una norma oficial. Esa norma se asegura de que el proceso y el producto final sean seguros para que tú puedas comerlos sin riesgo.
Texto oficial
ARTICULO 712.-Se entiende por fruta u hortaliza deshidratada al producto obteni• do a partir de fruta u hortaUza fresca a la que se ha reducido la proporci6n de humedad mediante diversos procesos. Las caracteristic:as sanitarias del proceso y del producto, se determinarán en la norma correspondiente que direda o indirectamente resulten aptas para el consumo humano.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.