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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
725

Artículo 725 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se clasifican los productos hechos de jitomate fresco y sin cáscara ni semillas. Dependiendo de qué tan espesos o concentrados estén, se dividen en puré de tomate, pasta de tomate, salsas de tomate y otros productos que luego pueda definir la autoridad. También pueden llevar sal u otros ingredientes permitidos, y siempre pasan por un proceso de cocción. En palabras simples, si compras un producto de jitomate procesado, este artículo te dice cómo debe llamarse según su consistencia.

Texto oficial

ARTICULO 725.-Los productos derivados del tomate o jitomate Lycopersicum Es• eulcntum, fresco, libre de cáscara y semillas; adicionados o no de sal comestible y otros ingredientes permitidos y sometidos a proceso térmico, se clasifican, dependiendo de la concentración de sólidos solubles del fruto, como sigue: l. Concentrados de tomate, que comprende: a) Puré de tomate; b) Pasta de tomate; 11. Salsas de tomate, y 111. Otros que determine la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 81) ↗

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