- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 736
Artículo 736 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 736 dice que las fórmulas para bebés deben prepararse como suspensiones (líquidos con polvo disuelto) que no tengan grumos ni partículas grandes, para que se puedan dar con biberón sin problemas. Esto es para que el bebé pueda tomar la leche de manera segura y sin atorarse. Básicamente, la leche debe quedar bien mezclada y suave, como un líquido parejo.
Texto oficial
ARTICULO 736.-Las fónnulas para lactantes deberán formar suspensiones libres de particulas gruesas o grumos para poder ser administradas con biberón.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.