Artículo 744 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 744 habla de comidas especiales para bebés y niños chiquitos, hechas con cereales. Estas comidas sirven para complementar lo que ya comen, no para ser su único alimento. Ejemplos de esto son las harinas de cereales (como las de arroz o maíz), galletas, bizcochos y productos similares. La ley solo aplica a esos alimentos diseñados para niños pequeños.
Texto oficial
ARTICULO 744.-Se entiende por alimentos elaborados a base de cereales para lac• tantes y niños de corta edad, los destinados a completar el régimen dietético de éstos. Se distinguen las harinas de cereales, cocidos, simples o compuestos, las galletas, los biz• cochos u otros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.