Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/766
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
766

Artículo 766 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo de ley te explica cómo se llaman los diferentes tipos de café tostado según si llevan azúcar o no. El "café puro" es el que no tiene nada de azúcar. El que se llama solo "café" puede tener hasta un 10% de azúcar caramelizada (que es azúcar derretida y tostada). Por último, el "café mezclado" es el que lleva hasta un 30% de esa misma azúcar. Y ojo, está prohibido agregarle cualquier otro ingrediente que no sea esa azúcar caramelizada.

Texto oficial

ARTICULO 766.-El café tostado. por su contenido o no de azúcar se denomina: 1. Café puro. el que no contiene azúcar; II. Café, al que se adicionen hasta un 10% de azúcar caramelizada, y III. Café mezclado, al que se adiciona hasta un 30% de azúcar caramelizada. Queda prohibida la adición de cualquier otro ingrediente al café.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 87) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.