Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 767 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley dice que el café puro soluble es el polvo o granulado que se disuelve en agua, hecho al deshidratar (quitarle el agua) a la infusión de café tostado. No debe llevar almidón ni más de 4% de humedad. Lo que sí debe tener, como cafeína y cenizas, se define en una norma oficial aparte.

Texto oficial

ARTICULO 767.-Se entiende por café puro soluble, el producto soluble en agua ob• tenido por la deshidratación de la infusión de café tostado. N o contendrá almidón ni más de 4% de humedad y los contenidos de cafeína, dextrinas y cenizas, y demás especifica• ciones. se establecerán en la norma respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 87) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.