Artículo 773 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 773 solo dice que, según cómo se procesa, el té se clasifica en cuatro tipos: té verde, té negro, té descafeinado y té soluble (que puede ser descafeinado o no). Además, menciona que la Secretaría de Salud será la que defina las reglas sobre cómo debe estar compuesto y qué requisitos sanitarios debe cumplir cada uno. En pocas palabras, la ley pone los nombres de los tés y deja que la autoridad decida los detalles de calidad e higiene.
Texto oficial
ARTICULO 773.-Como té, por el proceso a que se somete, se distinguen los siguien- tes productos: 1. Té verde; 11. Té negro; 111.· Té descafeinado, y IV. Té soluble, descafeinado o no, La composición y especificaciones sanitarias las establecerá la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.