Artículo 777 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla del té soluble, que es básicamente el polvo o gránulos que se hacen al secar el agua donde se remojaron hojas de té. Ese producto no debe tener más del 4% de agua o humedad. Lo que sí no dice de forma fija es cuánta cafeína y teobromina (una sustancia parecida a la cafeína) debe contener, porque eso lo va a definir una norma o regla oficial después. En pocas palabras, es una definición técnica para que sepas qué es legalmente el té soluble.
Texto oficial
ARTICULO 777.-Se entiende por té soluble, el producto obtenido por la deshidrata• ción de la infusión de té. Tendrá como máximo 4% de humedad, y la cantidad de cafeína y tcobromina se establecerá en la norma correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.