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Artículo 792 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 792 dice que el agua mineral y la mineralizada deben tener la misma calidad microbiológica que el agua potable normal. Esto significa que no pueden tener bacterias, virus u otros microbios que puedan hacerte daño. En pocas palabras, el agua que compras como mineral o mineralizada debe ser tan segura para tomar como la que sale de la llave y es apta para consumo humano.

Texto oficial

ARTICULO 792.-El agua mineral y mineralizada deberán cumplir con las caractc• I risticas microbiol6gicas del al~a potable. Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL Primera Sección 89

Ver ley oficial en el DOF (pág. 88) ↗

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