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Artículo 849 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La harina de soya texturizada se hace con semillas de soya y debe tener al menos 40% de proteína. No debe contener una sustancia llamada factor antitripsico ni la enzima lipo-oxidasa, y la ureasa debe estar dentro de los límites que fije la Secretaría de Salud. El concentrado de proteína de soya también viene de las semillas, pero se le quita casi todo el aceite y otros componentes que no son proteína, y debe tener al menos 70% de proteína.

Texto oficial

ARTICULO 849.-La harina de soya texturizada. es el producto obtenido de las se• millas de soya, debiendo contener no menos del 40% de proteína. Estará exenta del fac• tor antitripsico y de la enzima lipo-oxidasa y la ureasa no rebasará el limite de actividad enzimática que establezca la Secretaria. ARTJCULO 850.-Concentrado de proteína de soya, es el producto obtenido de las semillas de soya de las que se ha eliminado la mayor parte del aceite y componentes no proteícos solubles en agua, debiendo contener no menos del 70% de proteína.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 93) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.