Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGS_MCSAEPS_orig_18ene88_ima/855
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
855

Artículo 855 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define de manera sencilla qué son los productos de panificación. Básicamente, son todos los panes y cosas similares que se hacen al hornear una mezcla de harina de trigo (o de otros cereales) con agua, sal y un "leudante" (que es lo que hace que la masa crezca, como la levadura o el polvo para hornear). Además, a esa mezcla básica se le pueden agregar otros ingredientes que aporten nutrición, como semillas, granos o vitaminas. En pocas palabras, cualquier pan horneado con esos ingredientes entra en esta definición.

Texto oficial

ARTICULO 855.-Se entiende por productos de panificación, los obtenidos del hor• neado de mezclas de harina de trigo, y otros cereales; agua potable, sal y leudante, pu• diendo adicionarse de otro.s ingredientes nutriti vos,

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.