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Artículo 882 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que las pastas de harina para botanas, como las que se usan para hacer frituras o snacks, se hacen mezclando harinas de cereales, legumbres o tubérculos con agua potable, y se les puede agregar colorantes aprobados por la Secretaría de Salud. También pueden llevar otros ingredientes para darles sabor. Además, estas pastas deben tener obligatoriamente ingredientes con proteína, en las cantidades que indique la norma técnica de la Secretaría.

Texto oficial

ARTICULO 882.-Se e.ntiende por pasta de harina para botanas, el producto que se obtiene del amasado mecánico de una mezcla de harinas de cerea1es,leguminosas, tubér• 'culos yagua potable, a la que se le pueden agregar .• en su caso, colorantes naturales y artificiales autorizados pO'r la Secretaria y otros ingredientes alimenticios. Las pastas de harina para botanas deberán ser adicionadas obligatoriamente con ingredientes nu• tritivos con valor proteico. en las cantidades que establezca la Secretaria en la norma técnica. '

Ver ley oficial en el DOF (pág. 96) ↗

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