- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 885
Artículo 885 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La leche, crema y otros productos lácteos que se mencionan antes deben cumplir con un límite máximo de microbios y aflatoxinas (un tipo de hongo tóxico). Ese límite lo establece una norma oficial, como la NOM. Si un producto tiene más microbios o toxinas de lo permitido, no es seguro para comer. En pocas palabras, estos alimentos deben estar limpios y libres de contaminación dañina.
Texto oficial
ARTICULO 885.-Los productos referidos anteriormente, no deberán rebasar la cantidad de microorganismos y aflatoxinas que fije la norma correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.