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Artículo 889 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (de Salud o la dependencia que corresponda) va a crear reglas para conectar estos productos (posiblemente edulcorantes o alimentos) con la política de nutrición del gobierno. También va a checar cómo afectan la salud de la gente, sobre todo de los grupos más pobres o con menos recursos, que son los más vulnerables. Además, va a hacer programas de orientación (como pláticas o campañas) junto con las empresas y organizaciones involucradas para que la gente entienda mejor el tema.

Texto oficial

ARTICULO 889.-La Secretaria establecerá los mecanismos a través de los cuales se asocien estos productos a la politica nutricional establecida por la Secretaria, y vigilará su impacto en la salud general y especialmente en los grupos socioeconómicos mis vul• nerable". Al efecto, desarrollará con los sectores involucrados, programas de orienta• ción en la materia. TITULO DECIMO SEXTO Edulcorantes Nutritivos y sus Derivados CAPITULO 1 Edulcorantes Nutritivos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 96) ↗

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