- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
- Artículo
- 916
Artículo 916 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La gelatina sustituta no debe tener basura como pedazos de insectos, pelos o popó de ratas, ni nada parecido. Esto aplica a cualquier producto que se venda como reemplazo de la gelatina normal. La ley dice que debe estar limpia y libre de cualquier mugre que pueda ser dañina o asquerosa.
Texto oficial
ARTICULO 916.-El sustituto de gelatina no deberá contener materias extrafias, ta• les como fragmentos de insectos, pelos y excretas de roedores y similares.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.