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Artículo 919 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las gelatinas, los sustitutos de gelatina y los postres tipo flan se pueden vender ya preparados, siempre que se hagan con agua potable o leche pasteurizada. También pueden llevar frutas o semillas que sean comestibles y que cumplan con las reglas de higiene que marca este reglamento. Así que no hay problema si los compras listos para comer, siempre y cuando estén hechos con ingredientes limpios y seguros.

Texto oficial

ARTICULO 919.-Las gelatinas, sustitutos de gelatinas y postres estilo flan pueden expenderse totalmente preparados, utilizando para ello agua potable o leche pasteuriza• da; pudiendo contener frutas o semillas comestibles que cumplan los requisitos sanita• rios señ.alados en este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 99) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.