Artículo 920 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las gelatinas, sustitutos de gelatina y postres tipo flan que ya vienen listos para comer deben guardarse en el refri para que no se echen a perder. Además, en la etiqueta del producto tiene que aparecer claramente la fecha hasta la cual puedes comerlo sin riesgo.
Texto oficial
ARTICULO 920.-Las gelatinas, sustitutos de gelatinas y postres estilo flan total• mente preparados, requieren conservarse en re~rigeración. En su etiqueta deberá figu• rar la feeha de caducidad del producto. CAPITULO V Golosinas
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