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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
942

Artículo 942 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 942 dice que para que la sal refinada (con o sin yodo) no se apelmace o haga bolas, está permitido añadirle ciertas sustancias que evitan que se pegue. Puedes echarle hasta un máximo de 2% del total de la sal, usando una sola de estas sustancias o combinándolas. Algunos ejemplos son el carbonato de magnesio, silicato de calcio o silicato de magnesio, entre otros que vienen en la lista. En palabras simples, es como cuando le pones un poco de arroz al salero para que no se humedezca, pero aquí son polvos especiales aprobados.

Texto oficial

ARTICULO 942.-Para prevenir la aglomeración de la sal refinada yodatada o no, se permite agregar, solos o combinados, no más de 2% de los siguientes antiglomerantes: l. Carbonato de magnesio; II. Silicato de calcio; lIT. Silicato de magnesio; IV. Estearato de magnesio; V. Fosfato tricálcico, o VI. Silicoaluminato de sodio. VII. Estedrato de Calcio

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 100) ↗

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