Artículo 976 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando alguien prepara alimentos procesados como los que menciona la ley, debe usar solamente los aditivos (esas sustancias que se agregan para conservar, dar color o sabor) que la Secretaría de Salud haya aprobado. O sea, no puedes echarle cualquier químico a la comida, solo los que están permitidos.
Texto oficial
ARTICULO 976.-En la elaboración de los aliment.os preparados a que se refiere es• te Titulo, deberán utilizarse los aditivos que en cada caso autorice la Secretaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.